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Análisis Comparativo de la Propuesta de los EEUUA sobre Propiedad Intelectual y la Legislación Peruana Vigente
Public Citizen, 22 de octubre de 2011. Contacto: [email protected]; [email protected], para más información, www.citizen.org/access
Riesgos en el Acceso a Medicamentos dentro del Acuerdo Estratégico Trans-
Pacífico:


Análisis Comparativo de la Propuesta de los EEUUA sobre Propiedad
Intelectual y la Legislación Peruana Vigente.

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Propuesta US TPPA
Comunidad Andina Decisión 486
Comentarios
Régimen Común sobre Propiedad Industrial
Protección de
Artículo 21. Los productos o procedimientos ya En el caso de medicamentos ya conocidos, las nuevos tipos,
patentados, comprendidos en el estado de la patentes de nuevos tipos, procedimientos, y formas procedimientos, y
técnica, de conformidad con el artículo 16 de la formas de uso de un
presente Decisión, no serán objeto de nueva acaparamiento de patentes (patent ever-greening), producto conocido.
patente, por el simple hecho de atribuirse un uso especialmente cuando no es necesario el requisito de distinto al originalmente comprendido por la mejora de la eficacia ya conocida. Esto puede llevar La legislación de la Comunidad Andina sobre patentes de nuevo uso es bastante estricta. El acuerdo de libre comercio de Perú con Estados Perú, siguiendo la decision 486, establece claros Unidos no requiere que las partes otorguen patentes límites a la patentabilidad de éstas, lo cual difiere para nuevos usos, tipos y procedimientos de En 1997, el Gobierno Peruano aprobó un La propuesta de TPPA de Estados Unidos sí requiere decreto presidencial mediante el cual se expresamente la protección de patente para nuevos establecía la protección de patente para el tipos, procedimientos y formas de uso de un producto Segundo uso de un producto conocido. Los ya conocido. Estre requisito contradice lo establecido fabricantes peruanos plantearon una queja ante en la normativa de la Comunidad Andina y vulnera de la Secretaría General1. El Tribunal de Justicia de manera explícita los límites creados por los estrictos la Comunidad Andina (TJA) dictaminó que el requisitos de patentabilidad dentro de los países segundo uso de un producto ya conocido no puede ser objeto de protección de una patente y que por lo tanto el decreto peruano vulneraba la La negativa a aceptar patentes de suegundo uso legislación andina.law. El Tribunal ordenó a la dentro de ésta ha sido objeto de severas críticas oficina peruana de patentes (INDECOPI) que dentro de la industria farmacéutica americana y la revocase el otorgamiento de patentes de oficina commercial estaudounidense (US Trade Tras dicha sentencia, y de acuerdo con la La propuesta estadounidense establece que nuevas decisión 486 de la Comunidad Andina, segundos patentes pueden ser otorgadas para ligeras usos de productos ya conocidos no son objeto variaciones a sustancias farmacéuticas o métodos de administración aunque no mejoren su eficacia clínica                                                          1 Proceso 89-AL-2000 (21 de septiembre 2001). Después de la promulgación del decreto, INDECOPI otorgó una patentes para el medicamento para el corazón de Pfizer pyrazolpyrimidinones (Viagra) para su Segundo uso –tratamiento de la impotencia masculina-. 2 Resolución 358, Opinión 09-2000 sobre el incumplimiento por parte de la república del Perú de la decision 344, sobre regimen común de propiedad industrial. Análisis Comparativo de la Propuesta de los EEUUA sobre Propiedad Intelectual y la Legislación Peruana Vigente
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de protección de patente en el Perú. como por ejemplo, cambios en la formulación, en las dósis recomendadas, en la presentación del medicamento o incluso en su embalaje para facilitar su administración al paciente (incluyendo su uso en tratamientos terapéuticos). Cuando se lee en conjunto con el artículo 8.2, el cual elimina las exclusiones de patentabilidad (analizado a continuación), las companies farmaceuticas pueden libremente solicitar el otorgamiento de patente para nuevos tipos, procedimientos y formas de uso tales como nuevos métodos de preparación, de uso o tratamiento, sin ningún tipo de restricciones. El Tribunal de Justicia Andino siempre ha sido muy claro en este tema: no cabe recurso alguno contra sus sentencias en esta materia. La propuesta norteamericana obligaría al Perú a tener que transgredir lo establecido en el cuerpo jurídico de la Comunidad Andina e infringir los requisitos de patentabilidad establecidos en la legislación comunitaria andina. Exclusiones de
El Acuerdo de los Derechos de propiedad Intelectual patentabilidad.
(acuerdo TRIPS) autoriza a los países miembros a excluir de patentabilidad métodos de tratamiento a) las invenciones cuya explotación comercial en el territorio del País Miembro respectivo deba impedirse necesariamente para proteger el Esta importante flexibilidad es reconocida por orden público o la moral. A estos efectos la muchos países por razones morales y éticas y para explotación comercial de una invención no se evitar que tanto hospitals como profesionales considerará contraria al orden público o a la médicos tengan que pagar derechos de autor en el moral solo debido a la existencia de una disposición legal o administrativa que prohiba o específicamente reconoce dicha flexibilidad b) las invenciones cuya explotación comercial en estableciendo que nada dentro de lo establecido en el País Miembro respectivo deba impedirse el acuerdo de libre comercio será interpretado como necesariamente para proteger la salud o la vida prohibiendo a las partes el poder excluir de de las personas o de los animales, o para patentabilidad determinadas invenciones, tal y como preservar los vegetales o el medio ambiente. A establecen los artículos 27.2 y 27.3 del Acuerdo Análisis Comparativo de la Propuesta de los EEUUA sobre Propiedad Intelectual y la Legislación Peruana Vigente
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estos efectos la explotación comercial de una invención no se considerará contraria a la salud o la vida de las personas, de los animales, o La Comunidad Andina excluye de manera específica para la preservación de los vegetales o del de patentabilidad los tratamientos de cirugía o los medio ambiente sólo por razón de existir una métodos de diagnóstico y terapéuticos en seres disposición legal o administrativa que prohiba o humanos o animales. Dicha exclusión también cubre la patentabilidad de nuevos efectos médicos de drogas ya conocidas -llamados uso subsiguiente o c) las plantas, los animales y los procedimientos esencialmente biológicos para la producción de Como ya se ha explicado con anterioridad, el artículo plantas o animales que no sean procedimientos 8.1 propuesto por los Estados Unidos establece la protección de patente para nuevos usos y métodos. El artículo 8.2 permite que los métodos de d) los métodos terapéuticos o quirúrgicos para el tratamiento para el cuerpo humano o animal puedan tratamiento humano o animal, así como los métodos de diagnóstico aplicados a los seres humanos o a animales. Cuando ambos artículos se leen conjuntamente, el resultado de facto es que la protección de patente de las compañías farmacéuticas más antiguas se prolonga en el tiempo, permitiendo la patente de métodos de tratamiento y pequeñas variaciones en productos ya conocidos. Los nuevos campos de tecnología médica (tales como la biotecnología y la genética) hacen un uso extensivo de patentes de nuevos procedimientos de uso. Dichos métodos y procedimientos son generalmente probados en sujetos humanos o animales o tienen algún tipo de conexión con el tratamiento de sujetos animales o humanos. La expansión de la protección de la patente al dianóstico y métodos quirúrgicos o terapéuticos para el tratamiento de seres huamnos o animales garantiza la posibilidad de protección de patente para diferentes formas de vida y materiales biológicos humanos. Mientras que Estados Unidos propone establecer dicho estándar en otros países a través del TPPA, ha omitido las garantías esenciales e igualitarias que establece su propia normativa: mientras que la legislación americana autoriza la patente de métodos quirúrgicos, también protege a los profesionales medicos de ser demandados por vulneración de Análisis Comparativo de la Propuesta de los EEUUA sobre Propiedad Intelectual y la Legislación Peruana Vigente
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patente durante el ejercicio médico (35 USC 287 (c)). (Sin embargo, otros grupos tales como universidades, companies de educación médica y hospitales sí puedes ser acusados de infracción involuntaria). Aplicación industrial
Artículo 19. Se considerará que una invención es El Acuerdo de libre comercio con el Perú3 incluye la v.s utilidad.
susceptible de aplicación industrial, cuando su misma cláusula (artículo 16.9.11). Sin embargo, las objeto pueda ser producido o utilizado en anotaciones a la cláusula establecen que sera cualquier tipo de industria, entendiéndose por aplicable sin perjuicio de los requisitos de industria la referida a cualquier actividad patentabilidad de novedad, innovación y aplicación industrial determinados en el artículo 16.9.1, así como las exclusions de patentabilidad establecidos La propuesta de TPPA no establece esta clarificación. El artículo 8.12 señala los requisitos norteamericanos de patentabilidad (específico, sustancial y creíble), los cuales son suficientemente amplios como para cubir invenciones sin ninguna verdadera aplicación industrial. Cualquier invención que tenga una aplicación práctica y que produzca resultados útiles y específicos satisface los requisitos norteamericanos. Dicho estándar facilita la patentabilidad de instrumentos de investigación tal y como archivos químicos combinados, líneas y métodos de células, etc. Los requisitos de aplicación industrial ya no servirían como estándar con el que comparar dicho tipo de invenciones (al comparar y leer en conjunto con los artículos 8.1 y 8.2). Esto podría obstaculizar en el futuro la investiagción y el desarrollo farmacéutico. Oposición de
Artículo 42. Dentro del plazo de sesenta días La oposición antes del otorgamiento de patente es un Terceras partes.
siguientes a la fecha de la publicación, quien mecanismo que permite controlar el abuso del tenga legítimo interés, podrá presentar por una sistema de patentes y de monopolios farmacéuticos                                                         3 Peru implementó el acuerdo de libre comercio con Estados Unidos a través del decerto legislativo No. 1075, de 28 de junio 2008.  Análisis Comparativo de la Propuesta de los EEUUA sobre Propiedad Intelectual y la Legislación Peruana Vigente
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sola vez, oposición fundamentada que pueda no deseados. Ayuda a la competitividad de las desvirtuar la patentabilidad de la invención. empresas y garantiza el acceso a los medicamentos. La propuesta estadounidense busca la eliminación de A solicitud de parte, la oficina nacional la posibilidad de oposición antes del otorgamiento de competente otorgará, por una sola vez, un plazo patente en los países parte del TPPA. Más adicional de sesenta días para sustentar la information disponible en citizen.org/access3. La oposición de otorgamiento de patente permite que terceras partes se opongan a través del envío de información y análisis a los examinadores dentro de sancionadas si así lo disponen las normas un proceso administrativo competitivo. El sistema de oposición ayuda a mejorar la calidad de las patentes otorgadas y su efectividad y eficacia. Dicho proceso ayuda a prevenir la existencia de monopolios El régimen de propiedad intelectual dentro de la farmacéuticos basados en patentes sin mérito alguno Comunidad Andina preveé la oposición antes del y que poco contribuyen a la innovación pero sí a un otorgamiento de la patente: cualquier tercera parte con un interés legítimo, una única vez, se La ausencia del sistema de oposición haría que el puede oponer siempre y cuando tenga razones proceso de otorgamiento de patente sea menos válidas para oponerse al otorgamiento de riguroso y podría suponer un aumento de los casos patente de dicha invención. Hay un plazo de 60 ante los tribunales. El coste asociado con el días tras la publicación. En la legislación otorgamiento y oposición al otrogamiento de patente peruana, las oposiciones temerarias serán aumentaría y haría que el mercado sea poco seguro objeto de una multa de hasta cincuenta (50) UIT para las empresas de genéricos. La inexistencia del (Artículo 23, Decreto Legislativo 1075). sistema de oposición acarrearía la existencia de patentes de baja calidad y monopolios injustificados de drogas hasta que el proceso de oposición post otorgamiento de patente se dirima. Ajuste del período
El artículo 32 del decreto legislativo 1075 de El acuerdo de libre comercio peruano establece que de patente (para el
junio de 2008 establece que la dirección cada parte compensará, a petición del titular de la período de acción
competente, exclusivamente a solicitud de parte, patente, cualquier retraso indebido en el judicial).
ajustará el plazo de la vigencia de la patente otorgamiento de la patente excepto si se trata de la patente de un producto farmacéutico, restituyendo el irrazonable en el trámite de su concesión, período de la patente o los derechso de la patente excepto cuando se trate de una patente de El retraso indebido se define como más tarde de                                                          3 Para más information sobre la postura norteamericana de eliminar la oposición antes del otorgamiento de patente, ver Public Citizen, HealthGAP, I-MAK and Third World Network, “Analysis of the Leaked U.S. Paper on Eliminating Patent Pre-Grant Opposition,” available at http://www.citizen.org/documents/analysis-of-leaked-US-paper-on-eliminating-pregrant-opposition.pdf. Análisis Comparativo de la Propuesta de los EEUUA sobre Propiedad Intelectual y la Legislación Peruana Vigente
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La legislación peruana establece un período de cinco años desde la fecha de petición de más de cinco años desde la fecha de la solicitud otorgamiento de patente o tres años desde la petición o tres años desde la petición de examinación de la solicitud. Sin embargo la ley excluye tanto a productos como a procesos farmacéuticos. El borrador norteamericano del acuerdo TPPA introduce una cláusula que no distingue entre las diferentes tecnologías, de manera que también se aplicaría a productos y procesos farmacéuticos. Evidentemente la excepción del tratado de libre comercio con el Perú se dejaría de aplicar. examen de la solicitud de la patente, cualesquiera que sea La propuesta estadounidense define retraso indebido como más tarde de cuatro años desde la fecha de solicitud del otorgamiento de la patente o dos años a partir de la solicitud de examen de la solicitud de patente. La propuesta hace eco de los estándares ya existents dentro de los acuerdos de libre comercio con los países de oriente medio y el AUSFTA. Este tipo de ajustes en el period de duración de una patente permiten a los titulares de ésta retrasar la expiración de la patente. Si se aplica a productos y procesos farmacéuticos, retrasaría aún más la entrada en el mercado de medicamentos genéricos limitando el acceso de Perú a medicamentos baratos. Ajuste del período
Tanto la legislación de la Comunidad Andina Los ajustes del período de vigencia de una patente de patente (para el
como la peruana no contemplan la posibilidad de (comúnmente llamados extensiones) significan un período de revisión
extender el período de una patente para retraso en la entrada en el mercado de los regulatoria).
compensar retrasos en la aprobación durante el medicamentos genéricos, restringiendo el acceso a producto farmacéutico o un método o forma de uso de un El tratado de libre comercio peruano establece que las Partes pueden hacer disponible un ajuste del período de duración de la patente o de los derechso de ésta para así compensar al titular de la patente por una indebida restricción del período de vigencia de la patente a causa del proceso de autorización de comercialización (artículo 16.9.6 (c)). La nueva propuesta estadounidense requiere a las Partes que establezcan extensions de patente en el caso de retrasos en el proceso de autorización de Análisis Comparativo de la Propuesta de los EEUUA sobre Propiedad Intelectual y la Legislación Peruana Vigente
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comercialización. Cubriría no solo patentes sobre nuevos productos farmacéuticos, sino también métodos, procedimientos y formas de uso (según lo establecido en el artículo 8.1 el cual otorga protección de patente para nuevos tipos, procedimientos y formas de uso de un producto ya (ii) requerir que el ajuste se cuente a partir de la primera El artículo 6 (d) permite cierta flexibilidad para establecer limitaciones en el período de extension de patentes. Dichas limitaciones son muy similares a las previstas en la legislación sobre patentes y marcas norteamericana (US Patent Act 35 USC 156) es Protección de datos
En el caso de productos terapéuticos que El sistema de protección de datos evita que las envíados para el
contengan nuevos elementos químicos, la autoridades regulatorias puedan utilizar information proceso de
legislación peruana establece un período de ya existente sobre eficacia y seguridad para registrar autorización de
cinco años para la portección de datos. (Decreto medicamentos genéricos. El sistema de protección comercialización.
Legislativo 1072, de Protección de Datos de de datos retrasa la entrada en el Mercado de Prueba u Otros No Divulgados de productos medicamentos genéricos y es contratrio a los principios médicos éticos sobre duplicidad de tests en El decreto legislativo 1072 define un nuevo componente químico como un componente El acuerdo de libre comercio peruano establece un biológicamente activo, responsible de la período de exclusividad de datos ¨razonable¨ para actividad farmacológica o fisiológica de un aquellos productos farmacéuticos que usen nuevos principio activo y que no ha sido incluido en elementos químicos. Dicha información ha de ser de ninguna droga previamente registrada en el país carácter reservado. El perídod razonable se define en el momento de solicitud de aprobación como de cinco años desde la fecha en la que la Parte aprobó la solicitud de la persona que remitió los datos e información (artículo 16.12.2.b). Dicha protección no se extiende a métodos de administración, formas de dosificación, cambios La propuesta estadounidense de TPPA establece farmacéuticos en la forma o formulación de exclusividad de datos para productos farmáceuticos componentes químicos o combinaciones con nuevos (ver artículo 9.2). Al contrario que el acuerdo otros elementos químicos ya conocidos. de libre comercio peruano, la propuesta establece ¨al La normativa peruana incluye como primera menos cinco años de protección de datos¨ en los autorización de comercialización de un producto casos de información referente a temas de seguridad farmacéutico que contiene un nuevo y eficacia, enviada para la obtención de la aprobación componente químico aquellas autorizaciones de comercialización. La propuesta también incluye otorgadas en países con un nivel de vigilancia tres años adicionales de protección de datos para los sanitaria adecuado, tal y como se recoge en la casos de nueva information clínica sobre nuevos Ley General de Salud peruana, ley 29616 de 14 usos o indicaciones para productos farmacéuticos ya Análisis Comparativo de la Propuesta de los EEUUA sobre Propiedad Intelectual y la Legislación Peruana Vigente
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de enero 2009, que modifica los decretos existentes. Esta exclusividad cubre también legislativos 1072 y 1075El decreto legislativo productos similares o iguales al producto de 1072 incluye importantes medidas sanitarias de referencia que ya tiene otorgados su protección de salvaguarda. La portección de datos no es obstáculo para usar las demás opciones que el Según el artículo 9.9.9 disposiciones específicas acuerdo TRIPS preveé tales como licencias establecidas para biológicos, Estados Unidos puede obligatorias. Las autoridades regulatorias trambién buscar exclusividad de datos y mercado pueden hacer público los datos e information para las pruebas realizadas en el caso de técnica en el caso de protección de la salud medicamentos biotecnológicos. Esto supondría importantes cambios para la legislación tanto peruana como de la Comunidad Andina y potencialmente puede tener desastrosas consecuencias financieras. Definición de un
El decreto legislativo 1072 define un nuevo Al contrario que en otros acuerdos de libre comercio, Nuevo producto
componente químico como un componente el peruano no inclouye una definición explícita de farmacéutico.
biológicamente activo, responsible de la nuevo producto farmacéutico. El artículo 16.10.2 actividad farmacológica o fisiológica de un hace referencia a una definición estándar de este tipo principio activo y que no ha sido incluido en de productos, y establece que la cláusula de ninguna droga previamente registrada en el país exclusividad de datos no se aplicará a componentes en el momento de solicitud de aprobación químicos que ya han sido aprobados en el Perú. La propuesta de TPPA incluye una definición más amplia que engloba también no solo a productos farmacéuticos, sino también productos biológicos. Dicha definición limitaría la capacidad de los países miembros de regular y definir drogas biológicas, en particular dentro del contexto de protección de datos. Vinculación de
La legislación peruana no contiene ninguna La vinculación de patentes es un mecanismo Patentes.
norma que establezca la vinculación del sistema de patentes con el proceso de autorización de comercialización de una droga a bajo qué estado está su patente. Bajo este sistema, incluso patentes falsas pueden obstaculizar el registro de medicamentos genericos. La vinculación de patentes puede dar pie a abusos, ya que los beneficios financieros de aquellos titulares de la patente que eviten la entrada de genéricos son mayors que las eficacia de otro producto anteriormente aprobado, tal como Análisis Comparativo de la Propuesta de los EEUUA sobre Propiedad Intelectual y la Legislación Peruana Vigente
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estadounidense hace que el sistema de vinculación de patentes sea opcional para aquellos países negociando un acuerdo de libre comercio con Estados Unidos. Así pues, el sistema de vinculación de patentes es una opción en el caso del acuerdo de libre comercio Perú-EEUUA (artículo 16.10.4) Aunque el decreto legislativo 1075 que implementa el tratado no incluye la vinculación de patentes, sí establece algunas medidas de protección para el legítimo titular de los derechos. También establece sanciones y multas como por ejemplo en el caso en que el solicitante entregue a sabiendas information patente de la identidad de otra persona que tiene la intención de La nueva propuesta de TPPA cambiaría lo establecido en el acuerdo de libre comercio, requiriendo que los países miembros implementen el producto igual o similar al producto farmacéutico aprobado No está claro en qué situaciones un producto puede ser considerado similar a un producto farmacéutico ya aprobado, poniendo en marcha la obligación de notificación al titular de la patente. Esta cláusula podría facilitar el acoso a potenciales competidores producto después de la expiración de la patente identificada, las Partes, antes de autorizar la comercialización de un producto que supuestamente infringa la pantente han de garantizar que el titular de la patente pueda recurrir la decision garantizando: (i) un retraso automático en la autorización de comercialización por un perídod suficiente para garantizar la adecuada resolución de disputas sobre la validez o vulneración de la supuesta patente; y (ii) la existencia de procedimientos judiciales o Análisis Comparativo de la Propuesta de los EEUUA sobre Propiedad Intelectual y la Legislación Peruana Vigente
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administrativos, incluyendo la existencia de medidas provisionales efectivas, que permitan la adecuada resolución de disputas sobre una supuesta vulneración de patentes. (c) si se considera que el producto de la otra persona efectivamente vulnera una patente válida identificada según lo establecido en el subpárrafo (a), han de existir suficientes medidas para prohibir la comercialización illegal de ese producto antes de que la patente caduque. (d) cuando una Parte retrasa la autorización de comercialización establecida en el subpárrafo 5(b)(i), han de existir suficientes medidas de compensación, conformes a lo establecido en este acuerdo, para poder recurrir, de manera efectiva, la validez o aplicación de la patente. Presunción de
La legislación peruana no preveé una El acuerdo TPPA exige que los países miembros Validez
presunción explícita de validez judicial o establezcan la presunción rebatible de que una Administrativa y
patente y sus components son independientemente Judicial.
válidas tanto en procedimientos civiles como válida, y establecerá que cada solicitud de patente se presupone Dicha presunción administrativa y civil de validez de patente incrementará los costes del proceso iniciado ex-parte y dificultará la recusación de patentes injustificadas. Esta presunción fue introducida por primera vez en la legislación de patentes norteamericana de 1952. Desde entonces, ha quedado demostrado que la calidad de la patente no justifica dicha presunción de Análisis Comparativo de la Propuesta de los EEUUA sobre Propiedad Intelectual y la Legislación Peruana Vigente
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Daños y Perjuicios
Artículo 243. Para efectos de calcular la La propuesta Americana es claramente contraria a la por Infracciones de
indemnización de daños y perjuicios se tomará Propiedad
en cuenta, entre otros, los criterios siguientes: Intelectual.
El acuerdo de libre comercio peruano obliga a las a) el daño emergente y el lucro cesante sufrido autoridades judiciales de las partes que tengan en por el titular del derecho como consecuencia de consideración el valor de bien o servicio legítimo, según el precio de venta recomendado u otra medida legítima de establecer su valor presentada por el b) el monto de los beneficios obtenidos por el infractor como resultado de los actos de Es posible que la porpuesta de TPPA establezca una mayor primacya del precio de venta recomendado, c) el precio que el infractor habría pagado por en lugar de otras medidas legítimas presentadas por concepto de una licencia contractual, teniendo el titular del derecho si se compara con lo que el en cuenta el valor comercial del derecho infringido y las licencias contractuales que ya se hubieran concedido. Los daños calculados usando el precio de venta recomendado favorece los intereses de los titulares El sistema de compensación de daños y de la patente. Un precio de venta sugerido es un perjuicios en la legislación de la Comunidad precio hipotético; con frecuencia es mayor que el Andina busca compensar al titular del derecho precio real de venta y aún más grande que el daño por los daños sufridos. El artículo 243 señala sufrido por el titular del derceho. Dichas medidas específicamente los requisitos para la poco realistas beneficia a los titulares del derecho y compensación: el subsiguiente daño y pérdida obstaculiza el acceso a los tribunales en casos de ganacias sufirdas por el titular, los beneficios obtenidos por el infractor y el precio que éste hubiera tenido que pagar para la obtención de Los tribunales son el major foro para garantizar el equilibrio entre los distintos intereses en juego en los casos de infracciones de derechos de patentes, teniendo en cuenta los daños caso por caso, ejerciendo como filtro y estableciendo medidas compensatorias según la situación.

Source: http://www.redge.org.pe/sites/default/files/Comparative%20Analysis%20US%20and%20Peruvian%20Law%20Spanish.pdf

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